Un juzgado de Segorbe (Castellón) ha condenado al Banco CAM a devolver los 23.285 euros que invirtió la pensionista María Ruiz en participaciones preferentes y cuotas participativas de la entidad en 2010, debido a la “defectuosa información” proporcionada al cliente y las “cláusulas abusivas” contenidas en el contrato de los productos financieros que “viciaron la voluntad” de la mujer para conocer “el verdadero alcance” del negocio que intentó.
Según expresa la juez en la sentencia, resulta “sorprendente y llamativo” que a la cliente “no le surgieran numerosas dudas” ni realizara pregunta alguna cuando “el resumen” de estos productos financieros ocupaban “nada menos que 17 folios” e incluían aspectos como que no iba a poder retirar su inversión “hasta el 31 de diciembre de 3000″ o que esos activos eran emitidos “por una sociedad de las Islas Caimán”.